- Nuestro Ordenamiento ha sido objeto de profundos cambios. Hablo de las normas básicas las cuales salvo las de carácter fiscal se mantenían en estructura casi estática.
- El panorama legislativo en este país está en plena ebullición, hoy lo excepcional es que no haya cambios.
- Se han cambiado significativamente nuevas normas en terreno penal, laboral, civil, fiscal y administrativo.
La ley de enjuiciamiento civil y criminal se han reformado con numerosos cambios y la introducción generalizada
de la telemática como medio de relación y notificación entre los diversos los actores jurídicos. - Se ha modificado el código penal, la ley de sociedades de capital, la nueva ley de jurisdicción voluntaria,
las leyes fiscales…y también el Código Civil,etc… - También se regulan las sociedades participadas por trabajadores que serán cualesquiera en que los socios trabajadores posean capital social y derecho de voto.
- En el plano inmobiliario se introducen importantes novedades en la ley hipotecaria y la legislación catastral, en un intento muy
ambicioso de armonizar ambos. - Consecuencia de ello la Inmatriculación de fincas se llevará a cabo mediante el EXPEDIENTE DE DOMINIO QUE SE
REGULA DE FORMA MINUCIOSA SIN INTERVENCION JUDICIAL. - Es importante subrayar que se ha reducido el plazo para la prescripción de las acciones personales,artículo que desde la publicación del c.c. no se tocaba, que ha pasado de quince a cinco años, con lo cual estimo que muchas acciones que no se ejerzan quedaran prescritas.
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